El problema de esto, es que esa señal no tiene por qué estar cada 500 metros, normalmente se pone al inicio de un carril bici, ahora bien, si yo accedo a ese carril bici desde una senda de tierra etc etc como sé si existe o no existe señalización?. Cómo puedo interpretar en ese caso si es una vía destinada o no?
Teoricamente, esa señal deberia estar en cada acceso al carril bici, pero en cada acceso como tal, no por donde queramos entrar nosotros, no se si me explico. Igualmente que en cada autovia, en cada acceso estan las señales que prohiben el uso a ciclistas, tractores etc...
Entiendo, y debiera ser así (aunque no se hace en muchos casos) que una norma inferior no debe contradecir a una de rango superior. Es como las leyes penales o civiles. Ninguna Ley autonómica o municipal debe ir contra una estatal como la Constitución por ejemplo. De ahí que muchas Leyes sean luego recorridas por ser contrarias. Y es que no puedo decirte que sí ni que no porque tus argumentos son tan buenos como los míos y eso es debido a lo que siempre nos hemos quejado: la ambigüedad de las leyes y que entre ellas aún de rango igual se contradicen. Yo tanto en mi vida privada como en la laboral me guío por las señales de obligación. Si la hay cumplo o denuncio. Si no la hay, tienes opción a elegir. Pero en una nota que he puesto de la Diputación de Bizkaia y una consulta a la DGT creo que queda clara cual es la postura de la DGT al respecto ¿no?
Vuelvo a poner una respuesta de la DGT, y las tres últimas líneas: "solo pueden ir or ese carril-bici las bicicletas, con exclusión de cualquier otro vehículo o peatón". Por tanto, añaden, "se puede circular en bicicleta indistintamente por el carril bici o por la calzada".
Tu confusión es muy habitual ya lo he dicho antes, pasa con las luces, con la circulación por caminos, con pasar los cruces de peatones montado, con las cámaras onboard, con la circulación en paralelo o por la derecha, ya ni hablemos de circular por la acera pq la gente entra en barrena. Queréis interpretar las leyes sin ser jueces ni siquiera abogados, sin leeros un reglamento completo ni una ley entera ni siquiera el ámbito de aplicación, sin conocer realmente la prioridad de unas leyes sobre otras ni cuando y donde se deben aplicar cada una. No sólo eso sino que encima de que os lo explican con una paciencia y una claridad infinita, tampoco os vale. Como mucho podéis otorgar las tablas, "es q la ley está mal, será un vacío en la normativa" o hacer el avestruz y esconder la cabeza. En cinco años q llevaré en el foro sólo he visto a dos foreros cambiar de opinión y reconocer que tenían una idea equivocada y que podía ser de otra forma. Lo que sí he visto son insultos y hasta amenazas por defender y explicar las normas de circulación tal y como son en realidad y no como le gustaría q fueran a una cierta parte de la población. Una "confusión" parecida a la tuya es la famosa falacia basada en la frase del RGC "Los vehículos circularán por la calzada" y como las bicicletas son un vehículo y dos y dos son cuatro, las bicis no solo pueden circular por la calzada y nunca por la acera? Si eso fuese así tampoco podrían circular por el carril bici... No se puede coger una frase suelta del RGC, del capítulo 1 Generalidades, y luego conjugarla con la clasificación de vehículos del capítulo x, y de ahí pretender sacar una norma nueva y encima con prioridad sobre la normativa de los ayuntamientos por ser de "rango superior". Una interpretación así sólo la puede hacer un juez y en este caso se cae por su propio peso, es una aberración. Pues bueno la habré escuchado un millón de veces, hasta el punto de que se ha preparado una nueva versión del RGC aclarando ese punto por la "confusión" que genera. Y como este mil ejemplos, si no fuéramos tan orgullosos y abriéramos las orejas nos iría un poquito mejor. Saludos! Enviado desde mi SM-J730F mediante Tapatalk
Y yo por qué tengo confusión? Tal vez seas tú el que la tiene no? Yo no tengo confusión alguna, solo pongo lo que dice el RGC. Me puedes poner tu, que tanto sabes, un reglamento, ley etc, donde diga lo contrario??
Hombre el que dice que no se aclara eres tú mismo. Luego reconoces que estás interpretando "especialmente destinado" como "obligación", lo cual además de arrogante pq no eres juez es claramente erróneo para cualquiera que sepa hablar y escribir. Si supieras expresarte con claridad y con lógica verías que aunque No A implique B, Sí A no prohibe B. Finalmente te han puesto 20 normas que aclaran el tema específicamente, y aún pides más, pero que digan exactamente lo que tú necesitas. Esto tb es habitual, seguimos sin entender que vivimos en un estado de derecho y que no necesitamos un papel que nos autorice a andar por la calle, eso era en épocas pasadas. Cuando una cosa no está prohibida, está permitida, pero somos tan paletos que decimos que hay vacío legal y que necesitamos aclaración. El estado encantado de ponernos más y más normas completamente innecesarias pero q siempre vienen bien para recaudar o simplemente para tenernos controladitos. Enviado desde mi SM-J730F mediante Tapatalk
Otra cosa habitual, uno que nunca ha pisado un carril bici, opinando desde su pequeño y cerrado punto de vista personal. Asi nos va. Enviado desde mi SM-J730F mediante Tapatalk
No es que haga mucha bici pero mis 100km a las semana más los km en ir a trabajar hago y hago carretera y carril bici y siempre que puedo me meto por el carril bici al menos en mi zona están en buen estado Enviado desde mi SM-J710F mediante Tapatalk
Creo que la comprensión lectora por tú parte es más bien pobre, pero bueno no vamos a discutir eso. Me puedes citar donde pongo yo que no me aclare? Y otra cosa que sigues sin contestar, me puedes poner la Ley, reglamento etc donde contradiga al RGC. Yo interpreto algo en base a un reglamento, pero no veo por ningún lado tú interpretación y en base a que. Cosa que es muy frecuente por tu parte en demás hilos saliendo escaldado, la de despotricar, recurrir al menosprecio, y lo más sangrante es que lo haces sin demostrar/ argumentar y debatir nada de nada. Son tus costumbres eso lo se, aportas cero.
que follon, la virgen¡¡¡¡¡¡, menos mal que por mi zona hay un carril bici y en las afueras del pueblo..asi nos quitamos de lios, jajajajajaja
Eso fue una consulta que se hizo hace unos años por parte de ciclojuristas. Pero esa respuesta que valor tiene? Se ha modificado algo? Lo que me refiero es que si mañana soy denunciando, me denunciarán en base a un reglamento ( RGC) que a día de hoy sigue tal cual ( artículo. 36), podría recurrir judicialmente esa denuncia en base a que una persona de la DGT dio respuesta a un grupo de ciclojuristas? Merece la pena ese recurso? Y ademas me reitero en que la gran mayoría de los carriles bici interurbanos están bien señalizados, y la señal vertical se encuentra al inicio de los mismos, no hace falta que este cada 500 metros, las demás marcas viales te están diciendo de la existencia de que eso es un carril bici, por lo tanto si te agarras al reglamento, claro que estás obligado. Otra cosa es que se de más credibilidad a las circulares internas, ordenanzas etc por parte de los actuantes en materia de tráfico. Hablo a día de hoy. Edito. Ojo, que soy el primero en decir que por ciudad ni piso por el, pero cuando salgo de ciudad si este existe y me pilla de paso, si lo tomo siempre, lo veo hasta necesario y más seguro. Luego me salgo y subo al monte etc.
El RGC tambien dice que en una carretera de doble sentido con mas de 1.5 de arcen, la velocidad maxima generica es de 100km/h, pero si te plantan una señal de 70km/h, por mucho que porfies, tienes que ir a 70. Pero bueno, agarrarse a un clavo ardiendo tambien vale.
Hombre Polete, es que como bien dices la velocidad máxima de 100 km./h. es genérica, pero habrá que cumplir la específica, que es la que te indica la señal en concreto. La norma especial siempre anula a la general, es un principio del derecho. Creo que es un caso distinto, a mí modo de ver. Tras leer el hilo en su totalidad (pero sin haberme parado a estudiar el tema en profundidad), yo sigo sin tenerlo meridianamente claro, la verdad sea dicha, pues veo que hay argumentos a favor y en contra con cierto peso. Aunque, si tuviese que apostar dinero, yo lo haría por la postura que defiende XR-Scully: ¿Dónde pone que esa respuesta sea de la DGT? Salvo error mío, quien parece que contesta es la Diputación Foral de Bizkaia, la cual no sé si tiene delegada las competencias en materia de tráfico. Si fuese una consulta vinculante a la DGT, todo quedaría resuelto. Pregunto porque quiero saber, no para discutir con nadie. Un saludo
Es que ese es el tema, es decir, existe una reglamentacion generica en el reglamento, la cual queda anulada por la especifica, cuando el carril bici esta señalizado. Si dicho carril bici esta señalizado con una señal informativa de recomendacion, nunca es obligatorio, y la reglamentacion especifica anula la generica. E ahi, el vacio legal del que se habla, es decir: Hay una reglamentacion generica que obliga, pero luego, la señal que se pone en los carriles bici, para delimitar su uso unicamente ciclos, desautoriza la generica, y se establece segun comunidades, algunas si obligan otras no. Es que en este tema, la competencia es regional, no estatal al nivel de la dgt. Una comunidad autonoma, o una ciudad puede obligar a su uso... o no... En este caso la diputacion foral de bizkaia puede decir eso, y la de soria otra cosa, ya que la reglamentacion aportada por la dgt deja abierto eso para interpretacion de cada region.