La DGT vigilará y multará más, por el transporte inadecuado de bicicletas en vehículos

Tema en 'General' iniciado por bikeroigres, 28 Feb 2014.

  1. montidevil

    montidevil Miembro

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    ***** pos la de veces que la llevo asi en la furgoneta por no sacar el coche.
     
  2. MULATTRON

    MULATTRON Miembro activo

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    imagino que lo dirá por el temerario que ya ha salido después de la burrada que ha hecho.... o no...
    yo también la llevo como el de la foto... la ataré junto al casco, la mochila, las llaves de casa, la cartera, el móvil, las gafas, el mechero y también ataré el euro que llevo para el carro cuando hago la compra...
     
  3. Ziurpe

    Ziurpe On the floor

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    Si se ponen tiquismiquis, ni aunque lleves una placa V20. Casi cualquier bici de 26 supera la anchura del vehiculo (no te cuento las de 29). La anchura del vehiculo, es sin contar los retrovisores, solo la carroceria. Y en un vehiculo que no está destinado exclusivamente al transporte de mercancias, la carga nunca puede exceder el ancho del vehiculo.

    Saludos.
     
  4. alcala city

    alcala city BocinaflojaComandoHenares

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    Buenas. Has de contar siempre la anchura con los retrovisores....
     
  5. felixmm

    felixmm Miembro

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    Pues yo de momento, optare por atarla y taparla, como dice alguien antes. Aun sabiendo lo de la multa.
    Espero tener suerte.
     
  6. Valdeon

    Valdeon Miembro Reconocido

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    Eso dependerá del vehiculo y la bici... digo yo... porque mi coche no es especialmente ancho (una berlina media corriente y moliente) y mi bici es una doble talla L de 26" y no sobresale por los lados. Obviamente sin ruedas; con ellas sobresale cualquier bici en cualquier coche.
    Hasta luego.
     
  7. Ziurpe

    Ziurpe On the floor

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    No se a cuanta gente verás con los típicos thule de bola con las ruedas quitadas...
     
  8. El Juanma

    El Juanma Miembro Reconocido

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    Yo tengo esta maleta, y aún así tengo que abatir los asientos para llevarla, porque mi coche es pequeño, y ya me paró alguna vez la GC y no me dijeron nada, una vez incluso me hicieron abrirla para que vieran que efectivamente aquello era una bici.
    Normalmente llevo una red elástica entre los asientos, pero en concreto las veces que me pararon ni la llevaba, y no me dijeron nada.
     

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  9. eltrotta

    eltrotta Miembro activo

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    Yo tengo un Picasso Y una de 26" y no sobresale de la anchura total del vehículo, en la que hay que incluir los retrovisores. Si sobresale, habría que colocar dos placas v20 una a cada lado formando una V invertida
     
  10. Pacma

    Pacma Miembro Reconocido

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    Ojo porque yo voy con porta bicicleta de maletero y me tuve que hacer una matricula y hay que llevar los triángulos rojos.
    Como mis viajes en bici son de 30 minutos si llegan ni la pongo ... La matricula del coche se ve perfecta ... Solo la pongo si es viaje largo y autopista. Pues si me pararan y el tio es a raja tabla me multa.
    Esperemos que no sea asin ... Nos multa por como llevar la bici por circular con la bici ... Lo siguiente? Por exceso de emisiones de co2?
    Saludos
     
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  11. Ziurpe

    Ziurpe On the floor

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    En el articulo 15, pone que la carga no excederá de la anchura del vehículo, a no ser que sea un vehículo dedicado en exclusiva al trasnporte de mercancias. Es en este caso, cuando exceda el ancho, y en estos vehículos dedicados en exclusiva al transporte de mercancias, es cuando se ponen dos placas. Tu Picasso, supongo que no será de este tipo de vehículo.

    La carga no sobresaldrá de la proyección en planta del vehículo. Puedes mirar en la tarjeta de inspección técnica de tu vehículo la anchura que pone y la compruebas, a ver si es con espejos o sin ellos.
     
  12. LCIRPM

    LCIRPM Esperando una respuesta

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  13. uei065

    uei065 Jose(chu) Bttro Probadores

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    El problema está en los casos en los que nos limitamos a soltar la bici dentro del maletero con los asientos abatidos y "ya está".
    Si la carga va dentro del maletero debidamente sujeta, de forma que no se pueda arrastrar o desplazarse de manera peligrosa, se acabó el problema. Y eso se consigue con un pulpo o unas cinchas para sujetar la bici a los anclajes que hoy en día llevan todos coches en el maletero.

    Si, eso de "debidamente sujeta" es subjetivo, y lo que nosotros consideramos correcto, un guardia puede no creer lo mismo, pero si la llevamos sujeta, siempre podremos defenderlo de algún modo, y si nos limitamos a dejarla en el maletero no tenemos a que agarrarnos.

    Lo malo del tema es que en vez de verlo como un tema de seguridad, por que es un riesgo manifiesto llevar la bici sin sujetar tal como aparece en esa foto, tratamos de presentarlo como una nueva campaña contra los ciclistas con afán recaudatorio, y yo creo que no es así.
     
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  14. atopaton

    atopaton Miembro

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    siento deciros compañeros que no teneis nada que acer como os pare un hijo de **** a mi me an multado con la bici dentro me compre un porta de porton trasero y me multaron una vez por salir por los lados cuando los espejos salian mas todabia y otra porque los radios de la rueda tapaban las luces ya ves lo que puede tapar un radio todo depende si te toca un ****** un hijo **** o un mal nacio pero no hay na que acer aunque no digo que no abra alguno bueno pero no me a tocado todabia
     
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  15. Acebiñal

    Acebiñal Miembro

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    La noticia menciona que la bici que llevamos dentro del coche, vaya sujeta, como cualquier carga que pueda constituir un peligro si va suelta. No me parece mal, es lógico. Yo llevo unos pulpos, pero no siempre la amarro, la verdad. Y una vez me pararon, me hicieron abrir el coche y quitar la sabana con que la tapaba, para ver que llevaba. Me dejaron seguir tal cual, al ver que efectivamente era mi bici. Pero no la llevaba sujeta, y en este caso no me dijeron nada. Como dice el compañero anterior y otros antes, me parece que depende mucho del que te pilla por la carretera, si tiene ganas de tocarte las narices o no.
     
  16. marcustrevi

    marcustrevi Miembro Reconocido

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    claramente la dgt dice q la anchura total de un turismo es contanto los retrovisores,
    pero como los señores esos q se visten de verde decidan q sobrepasa el ancho, a ver como demuestras tu q no es asi, y a ver q suerte tienes enfrentandote a la benemerita
     
  17. Ziurpe

    Ziurpe On the floor

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    ¿Puedes poner donde lo indica tan claramente la DGT?

    Te pongo un ejemplo. Peugeot 107. Anchura sin retrovisores, 1630mm. Mira lo que pone en la tarjeta de inspeccion tecnica...

    [​IMG]

    [​IMG]
     
  18. Valdeon

    Valdeon Miembro Reconocido

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    Aclaremos:

    Artículo 15.

    Dimensiones de la carga.

    1. La carga no sobresaldrá de la proyección en plan- ta del vehículo, salvo en los casos y condiciones previstos en los apartados siguientes. En los de tracción animal, se entiende por proyección la del vehículo propiamente dicho prolongada hacia adelante, con su misma anchura, sin sobrepasar la cabeza del animal de tiro más próximo a aquél.

    2. En los vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías, tratándose de cargas indivi- sibles y siempre que se cumplan las condiciones esta- blecidas para su estiba y acondicionamiento, podrán sobresalir:

    a) En el caso de vigas, postes, tubos u otras cargas de longitud indivisible:

    1.0 En vehículos de longitud superior a cinco metros, dos metros por la parte anterior y tres metros por la posterior.
    2.o En vehículos de longitud igual o inferior a cinco metros, el tercio de la longitud del vehículo por cada extremo anterior y posterior.


    b) En el caso de que la dimensión menor de la carga indivisible sea superior al ancho del vehículo, podrá sobresalir hasta 0,40 metros por cada lateral, siempre que el ancho total no sea superior a 2,55 metros.

    3. En el resto de los vehículos no destinados exclusivamente al transporte de mercancías la carga podrá sobresalir por la parte posterior hasta un 10 por ciento de su longitud, y si fuera indivisible, un 15 por ciento.

    4. En los vehículos de anchura inferior a un metro la carga no deberá sobresalir lateralmente más de 0,50 metros a cada lado de su eje longitudinal. No podrá sobresalir por la extremidad anterior, ni más de 0,25 metros por la posterior.

    5. Cuando la carga sobresalga de la proyección en planta del vehículo, siempre dentro de los límites de los apartados anteriores, se deberán adoptar todas las precauciones convenientes para evitar daños o peligros a los demás usuarios de la vía pública, y deberá ir res- guardada en la extremidad saliente para aminorar los efectos de un roce o choque posibles.

    6. En todo caso, la carga que sobresalga por detrás de los vehículos a que se refieren los apartados 2 y 3 deberá ser señalizada por medio de la señal V-20 a que se refiere el artículo 173 y cuyas características se establecen en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos. Esta señal se deberá colocar en el extremo posterior de la carga de manera que quede constan- temente perpendicular al eje del vehículo. Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, se colocarán trans- versalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura del material que sobresalga. Ambos paneles deberán colocarse de tal manera que formen una geometría de «v» invertida. Cuando el vehículo circule entre la puesta y la salida del sol o bajo condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, la carga deberá ir señalizada, además, con una luz roja. Cuando la carga sobresalga por delante, la señalización deberá hacerse por medio de una luz blanca.

    7. Las cargas que sobresalgan lateralmente del gálibo del vehículo, de tal manera que su extremidad lateral se encuentre a más de 0,40 metros del borde exterior de la luz delantera o trasera de posición del vehículo, deberán estar entre la puesta y la salida del sol, así como cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, respectivamente, señalizadas, en cada una de sus extremidades laterales, hacia adelante, por medio de una luz blanca y un dispositivo reflectante de color blanco, y hacia atrás, por medio de una luz roja y de un dispositivo reflectante de color rojo.

    8. En el caso de circulación de vehículos en régimen de transporte especial, se estará a lo dispuesto en su autorización.


    Hasta luego.
     
  19. atopaton

    atopaton Miembro

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    Osea que no se puede llevar la bici en el coche pues que proiban vender los portabicis lo primero pero yo creo que no es justo
     
  20. uei065

    uei065 Jose(chu) Bttro Probadores

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    Canyoneando Gallaecia
    Sin ánimo de ofender, creo que no te has enterado de nada...
     

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