Off-topic Urbano

Tema en 'Ciclismo Urbano' iniciado por ludovic, 23 Nov 2011.

  1. KAPO

    KAPO lisiado

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    Pero como que no hay arcenes en la ciudad???? claro que los hay.
    El reglamento de circulación es uno y a su vez, en determinados aspectos como el uso de las vias en las ciudades, se permite que haya ordenanzas municipales que, a su vez, lo regulen.

    Si en tu ciudad hay una ordenanza que diga que para circular en bici tienes que ir con una sirena, has de ir así por que la ordenanza es de obligado cumplimiento. Evidentemente es un ejemplo absurdo, pero una ordenanza municipal puede permitir no usar el carril bici por obligación, puede permitir usar la bici por zonas peatonales, puede permitir usar la bici por las aceras entre determinadas horas de la noche, puede permitir ir por el centro del carril... pero, de entrada, la ley de tráfico prohibe todo eso.

    Si en tu ciudad no han desarrollado las ordenanzas, se rige por el reglamento tal cual está. La ordenanza lo que hace es adaptar una norma al caso concreto de la ciudad que sea.
     
  2. migajas

    migajas Miembro Reconocido

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    No los hay jeje. Si atendemos a la definición de la wikipedia al menos. Los puede haber en carreteras tipo M-30 o en alguna travesía, que son vías urbanas un tanto peculiares, pero no en las calles normales. Otro error típico es creer que el ciclista tiene que ir pegado a la derecha como si esa parte derecha fuera el arcén, cuando perfectamente se puede, y de hecho se debe, circular por el medio del carril, aunque algunos policías lo siguen poniendo en duda.
     
  3. txeke

    txeke Tacto de titanio

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    @migajas creo que tu error viene de la interpretación de ese artículo ;) En el artículo se indica que, salvo que haya vía dedicada, los ciclos (entre otros) deberán circular por el arcén si lo hay, y si no lo hay por la parte imprescindible de la calzada.
    • Si hay vía dedicada: circular por esa vía
    • Si no hay vía dedicada:
      • Si hay arcén, por el arcén
      • Si no hay arcén o si es impracticable, por la parte imprescindible de la calzada
    Ese artículo no hace distinción entre vías urbanas y vías interurbanas, se refiere a la circulación en general y por lo tanto también incluye las vías urbanas. Si éstas no tienen arcén pues por la calzada... salvo que exista una vía dedicada.

    El porqué creo que NO estamos obligados a circular por el carril-bici salvo que exista la señal vertical correspondiente

    @KAPO dándote la razón en lo que dices, me surge otra duda, otra paja mental o vuelta de tuerca si quieres: ¿qué se considera una "vía dedicada" para ciclistas? Leyendo la Ley de Tráfico, Anexo I, definición 69:

    Ojo, ya que debe contar con la señalización horizontal Y vertical correspondiente. Por lo tanto, toda vía ciclista sin una de las dos señalizaciones no entraría en la categoría de vía ciclista y por lo tanto no sería obligatoria. Pero no adelantemos acontecimientos, sigamos. Además de esta definición, las siguientes también nos afectan:

    A lo que voy es a que todas estas definiciones, como se puede observar (cursivas de las definiciones), se engloban dentro de Vía ciclista, y por lo tanto para considerarse tales deben estar señalizadas con las correspondientes señales horizontales y verticales.

    Y de aquí deduzco que si un carril-bici, acera-bici o vetepordondeyodiga-bici carece de ambas señales verticales y horizontales, NO es una vía ciclista, y por lo tanto NO hay obligación de usarla.

    Si revisamos las señales verticales vigentes hoy en día, sólo encuentro DOS señales verticales dentro de la normativa que indiquen que una vía es vía ciclista:

    Y una señal horizontal:




    ************************************************************************
    Por lo tanto, para mi, según el Anexo I, definición 69 y siguientes, sólo estaremos obligados a usar el carril-bici si éste está señalizado con las correspondientes señales verticales R-407 o S-64 y la marca de vía ciclista. Y entiendo que si faltase alguna de ellas no se podría considerar vía ciclista y por lo tanto no tendríamos la obligación de usarla.
    ************************************************************************



    Además, tenemos una que indica una senda ciclable, pero una senda discurre por parques, jardines o bosques así que no aplica normalmente:

    Hay otras dos señales que indican dónde hay una vía ciclista, pero no servirían para definir una vía como ciclista:


    Vale, podría interpretarse que el artículo 15.1 habla sólo de vías destinadas a bicicletas, y no de vías ciclistas expresamente, pero hasta donde yo entiendo e interpreto, cuando el artículo 15.1 habla de vías dedicadas, en el caso de las bicicletas se debe referir, por fuerza, a las vías ciclistas ya que éstas están así definidas expresamente para algo. Supongo que aquí ya entra la interpretación de cada uno, pero creo que mi interpretación es sólida y coherente.


    Por cierto, esto ya como curiosidad, viendo las definiciones el carril-bici debe ir adosado a la calzada así que los carriles que van sobre la acera no son carriles bici, ya que éstos entrarían en la definición 72. Acera-bici.

    Así, un carril-bici sería como los que hay en Vitoria, donde en la misma calzada hay simplemente un carril exclusivo para bicis (igual que lo puede haber para Bus-Taxi, por ejemplo). Y un carril-bici protegido sería como el de la Av. Salamanca de Valladolid que es un carril en la calzada pero separado físicamente de los carriles de automóviles y de las aceras. Todo lo que vaya sobre la acera se considera, según estas definiciones, acera bici, ya sean unas simples líneas pintadas o ya sea una superficie de color distinto. Curioso.
     
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  4. juakoman

    juakoman Miembro activo

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    Desde la experiencia solo puedo repetir lo que dije hace unas paginas, antes de todo el barullo de definiciones, y muestras de señales, etc etc..

    -Señal redonda azul con bici (R-407, o bien la S-64, gracias Txeke por ilustrarnos e informarnos) en el acceso de un carril bici/acera bici, salvo legislacion municipal expresa (esto no lo escribi antes, añado debido a la veracidad de esto) es de OBLIGADA circulacion por parte de los ciclos.



    Amen de que discrepo ampliamente con la opinion de Migajas (con todos mis respeto compañero) de que el ciclista puede y debe circular por el medio de un carril para el trafico motorizado.
    Pienso que la ley es clara. Ha de circular por el arcen transitable, si lo hubiera, y si es impracticable, por la parte indispensable de la calzada.



    Ya le gane un pulso a unos municipales que se pusieron tontos en este tema, dejandome las cosas bastante claras.


    Ahora bien, que en vuestro municipio se permite alguna otra cosa. Genial! eso que ganais! Pero deberiamos saber hasta que punto tenemos derechos, y donde empiezan tambien nuestros deberes.




    Si bien, soy de la OPINION de que los carriles Bici no son carriles de alta velocidad ciclista. Cuyo uso por parte de una gran cantidad de peatones, mascotas sin correa, niños con deficiente control sobre sus vehiculos (Skates, patines, bicis, etc...) etc... hace que el uso del mismo por (ejemplo) un ciclista entrenando a mas de 25 kms/h (velocidad de lo mas sencilla de superar en bici de carretera) sea un autentico peligro para sus usuarios (y no hay legislacion que le impida hacerlo). Por ello veo logico, que este tipo de ciclistas ( que usan la bicicleta no como elemento de ocio, si no como transporte o metodo de entrenamiento) usen la via convencional para sus rapidos desplazamientos.
    Pero repito, esta es mi OPINION. Y no es de aplicacion legal, es solo lo que llevaria el sentido comun a legislar. Y lamentablemente, no lo hace.
     
  5. zurruletas

    zurruletas Miembro Reconocido

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    Lo mejor el SENTIDO COMUN,ese no falla.
    Por ejemplo,yo voy siempre en bici como si fuera en moto por la ciudad,respetando semáforos y todo tipo de señales,jamás tuve ningún problema.
    Ahora eso sí,a veces si voy con mi hijo,hay muchos tramos de la ciudad donde me subo a las aceras,me quedo mas tranquilo y mi hijo también.
    Si algún policía Municipal me multara por eso,me joderia pero no me dolería,porque aunque haya infringido la normativa,el sentido común me dice que la seguridad de mi hijo está por encima de toda legislación en estos casos (hablo de ir en bici)
     
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  6. txeke

    txeke Tacto de titanio

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    @zurruletas cuando dices que vas con tu hijo, ¿te refieres a que lo llevas en sillita, o a que él va con su bici? Si es lo segundo, ahora los menores de ¿12, 14 años? pueden ir por la acera, y un adulto puede acompañarles también por la acera ;)

    Un compañero de curro se movía bastante en bici, y cuando iba con sus hijos iba siempre por aceras si no había carril bici, y yo le entiendo: con una niña de tres años en sillita y un niño de ocho años con su bici no es muy adecuado meterse en una avenida de tres carriles sin carril bici. Lo que me hacía gracia es que les tenía enseñados a los críos que si algún día al ir por la acera oían a un policía decirles algo que se hicieran los sordos y acelerasen :D
     
  7. rruben

    rruben Miembro Reconocido

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  8. ramillos4

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    Gran trabajo de documentación @txeke , me voy a guardar el post para futuros usos.
     
  9. txeke

    txeke Tacto de titanio

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    @lornitobiker será que los vallisoletanos tienen muy asimilado a Delibes jejeje

    @ramillos4 a mandar ;) me gusta darle vueltas a las leyes para conocer mis derechos (que los deberes ya me los hacen conocer a la fuerza) y ya puestos a investigarlo, pues lo comparto ;)
     
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  10. migajas

    migajas Miembro Reconocido

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    Yo estoy hablando de circular en ciudad y, lo siento, pero eso no es así. En la ciudad no hay arcenes y se recomienda que se circule por el medio del carril. O al menos así lo han estado repitiendo últimamente desde las asociaciones ciclistas, la verdad es que no tengo el artículo a mano pero suena muy lógico.
     
  11. migajas

    migajas Miembro Reconocido

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  12. txeke

    txeke Tacto de titanio

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    La norma dice que circularás lo más pegado a la derecha, ocupando la parte imprescindible de calzada.

    Peeeero, aquí entra ya la interpretación de "parte imprescindible". Por ejemplo, si hay coches aparcados, para mi es imprescindible ir por el centro del carril para evitar un accidente con una puerta que se abre. O con las alcantarillas de rejilla donde puedo enganchar la rueda.

    Yo en ciudad suelo ir por el centro del carril, salvo que sea una calle de varios carriles por sentido y sin coches aparcados. También en ciudad yo me muevo como un coche o una moto, es decir, usando los carriles como sea necesario para girar. En teoría tenemos que usar los carriles derechos sólo, pero yo lo hago así y nunca me han dicho nada, porque es lo lógico que si voy a girar a la izquierda use el carril izquierdo exclusivo para ello.
     
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  13. zurruletas

    zurruletas Miembro Reconocido

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    Mi hijo con su bici me refería,sí.
     
  14. txeke

    txeke Tacto de titanio

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    Entonces juraría que nadie te puede decir nada porque está estipulado ;) Lo que no se si está desde la última reforma o si es algo que iba en la nueva, la que están dando vueltas al tema del casco. En todo caso si te dicen algo les dices que como estaba en el borrador que pensabas que ese borrador ya estaba aprobado y listos, no creo que te vayan a buscar las vueltas por acompañar a tu hijo.

    Aunque hace unos meses multaron a un niño de seis años por "no hacer un stop" (que encima sí había hecho...)
     
  15. Dr.Escroto

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    Estoy que no me lo creo, acabo de vender entrega en mano hace 20 mins una de las cubiertas del mercadillo xD
     
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  16. Dr.Escroto

    Dr.Escroto Guru del fiset

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  17. matamorisca

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    Un whip-skid muy muy muy fuerte...
     
  18. karpatos10

    karpatos10 Miembro activo

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  19. xfulanox

    xfulanox Miembro Reconocido Probadores

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    creo que se ha pasado tensando la cadena...
     
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  20. zurruletas

    zurruletas Miembro Reconocido

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    Mu-ha-ha-ha-ha
     

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