Duda con accidente [Puerta de coche]

Tema en 'General' iniciado por cygnusx1, 4 Dic 2009.

  1. cygnusx1

    cygnusx1 Miembro

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    Bueno pues escribo porque hoy he tenido mi primer percance en bicicleta desde que uso la flaca para ir a trabajar, (en vez de para hacer kilometros de carretera, que triste) circulando por Valencia.

    Bueno el caso es que era un semáforo rojo en el que había un autobús parado, y yo le estaba adelantando por la derecha, entre el hueco que dejaba este y la típica fila de coches parcados en batería... el percance ha venido cuando una puertecita de uno de los coches aparcados se ha abierto justo cuando yo pasaba... y PLAS!!

    Gracias a dios el golpe no ha sido muy grande porque iba bastante despacio, a partir de ahi ha empezado uan discusión entre el conductor y yo. Él me echaba la culpa a mi por circular por ahí, a lo que yo le contestaba que los ciclistas estamos obligados a circular lo más a la derecha de la calzada posible.

    Entre tanto ha venido un señor que acababa de aparcar dandome la razón a mi y me decía que si me había hecho algo que llamara a la policía y tal. Como por suerte ni la bici ni yo hemos sufrido desperfectos no ha hecho ninguna falta.

    Pero mi pregunta es, ¿de haber llamado a la policía y haber hecho parte me habría tenido que pagar los desperfectos en la bici?? o por estar circulando incorrectamente yo (que no lo tengo del todo claro) él se puede exhimir de toda culpa??
     
    Última edición: 4 Dic 2009
  2. paleto

    paleto Miembro

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    Una vez presencié un percance similar al tuyo, pero yendo en moto. Adelantábamos a los vehículos por la derecha y uno de los coches que estaban detenidos abrió la puerta golpeando en la rodilla de la novia de un amigo mío que iba de paquete. La respuesta de las autoridades fue contundente, no se puede adelantar por los "huecos" que dejan los coches cuando están detenidos y incluso el seguro le pagó la reparación de la puerta al del coche. Con la bici, creo, pasa lo mismo, debemos "respetar" las mismas normas de tráfico que cualquier otro vehículo y en mi opinión, esta no es la excepción......
    Por otro lado, es bien cierto de que una persona que baja de un vehículo se ha de cerciorar de que no viene nadie y el hecho de que tú estes circulando incorrectamente, no le exime de cumplir este punto....

    Supongo que estamos ante un pequeño vacio legal........
     
  3. mr275

    mr275 Miembro activo

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    yo tb soy de los que adelanto y aveces sin esagerar 20 coches con otra fila de coches al otro lado, y tras leerte creo que el tenia razon, y como a dicho paleto no creo que podramos adelantar legalmente por esos pekeños huecos(a mi me resulta la mar de divertido adelantar en caravanas) sin embargo si tu vas circulando y se abre una puerta, seguramente y espero que si tuvieras razon ya que tu circulabas bien, de todas formas por la ciudad yo con coches aparcados siempre voy por el centro del carril(en esos casos se permite ir por el centro del carril) y de echo me gusta mucho mas estas calles porque no me pueden adelantar y me siento mas respaldado
     
  4. davidvvid

    davidvvid Ferrolán y mashote

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    Adelantar por la derecha está prohibido



    Equinox, pon luz en el asunto.
     
  5. ralfhes

    ralfhes Glober Pro

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    Exacto, que yo sepa si no ha cambiado la normativa, por la derecha nunca se puede adelantar, no se si habra algun caso especial, con lo cual en principio no tendrias razon, a ver si hay alguien mas puesto en el tema vaya a ser que esté equivocado, un salu2
     


  6. El Fotero

    El Fotero Miembro activo

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    Pues este es un tema que nos interesa a muchos, porque yo hago exactamente lo mismo.
    Así que si hay algun especialista de temas legales que por favor nos lo aclare.

    Salu2
     
  7. kirk

    kirk Miembro Reconocido

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    Esa es la norma general pero hay excepciones.
    Por ejemplo:
    [FONT=Arial, Helvetica, sans-serif]· 39. Dentro de los poblados, en las calzadas que tengan por lo menos dos carriles reservados a la circulación en el mismo sentido de marcha, se permite el adelantamiento por la derecha a condición de que el conductor del vehículo que lo efectúe se cerciore previamente de que puede hacerlo sin peligro para los demás usuarios.[/FONT]
     
  8. cygnusx1

    cygnusx1 Miembro

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    Esa norma es muy intersante, viene como anillo al dedo para el caso que se trata.

    En cualquier caso, aunque estuviera prohibido lo que yo estaba haciendo, el tema de las puertas está bien clarito. Si la abren sin mirar y provocan un accidente digo yo que parte de responsabilidad tienen en el accidente no?

    Vamos yo en ese sentido no me cabe la menor duda... en principio. >.<
     
  9. Heroes

    Heroes SPECIALIZED

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    El artículo 39 hace referencia cuando es dentro de poblado y son dos carriles de circulación en un mismo sentido y se adelanta por la derecha, que no es el caso que tu propones, ya que no puedes considerar carril la zona de estacionamiento.
     
  10. PILLUCA

    PILLUCA Miembro

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  11. EQUINOX TTX

    EQUINOX TTX Fanático de la velocidad

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    Hola,muy buenas. Voy a dar mi opinión respecto al tema ya que no es un caso típico y puede ser un poco complicado. El Pires, como autoridad de tráfico pon también tu opinión respecto al tema.

    Primero hay que aclararos algún concepto que no tiene nada que ver con esta situación en concreto:

    -Adelantamiento: Se considera adelantamiento cuando un vehículo en movimiento sobrepasa a otro que también está en movimiento.

    Existen tres excepciones que difieren de la norma general de la prohibición de adelantar por la derecha, una de esas tres excepciones es precisamente la que comentáis vosotros, en poblado está permitido el adelantamiento por la derecha.

    Tu situación en concreto es en un semáforo en rojo con los vehículos detenidos, en este caso un autobús. Por lo comentado antes no te pueden denunciar porque no se considera adelantamiento sino rebasamiento y aunque así fuera no estaría prohibido.

    -La persona que abre la puerta de un coche tiene que cerciorarse de que lo hace sin perjudicar la circulación de un usuario de la vía, sea un ciclo, ciclomotor; motocicleta, turismo; camión o lo que venga. No me imagino a ese individuo que te ha provocado el accidente abriendo la puerta cuando le llega a su lado un trailer.

    -Los ciclistas deben circular por el arcén como norma general y en el caso de que no existiera deben hacerlo por el carril derecho lo más ceñido posible al borde derecho.
    En este punto tu estabas haciendo lo correcto lo que pasa es que los ciclistas, como el resto de los usuarios, debemos de dejar una separación lateral de seguridad con vehículos que están estacionados proporcional a nuestra velocidad para en caso de imprevisto poder reaccionar y evitar el posible accidente.
    Respecto lo que habéis comentado alguno con motocicletas esto no se puede aplicar porque la motocicleta debe circular por los carriles como el resto de vehículos automóviles por lo que tienen prohibido meterse entre los huecos y deben de hacer cola como los demás, en este caso detrás del autobús. Si el conductor de una motocicleta tiene el mismo problema tiene las de perder.

    Conclusión: bajo mi punto de vista, tu no tienes la culpa del accidente siempre que circularas a una velocidad acorde al espacio que tenías entre el autobús y los vehículos estacionados ya que circulabas por tu zona dentro de la vía y la persona que sale de un coche tiene que mirar y cerciorarse de que no va a perjudicar a un vehículo que está circulando.

    Un saludo.
     
  12. tuduri

    tuduri Novato

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    :globerolos ciclistas pueden adelantar a los coches por la derecha ya que se considera rebasar ojo solo cicclistas
     
  13. Alvaro G.

    Alvaro G. Miembro activo

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    Totalmente de acuerdo contigo, lo mas importante "Los ciclistas deben circular por el arcén como norma general y en el caso de que no existiera deben hacerlo por el carril derecho lo más ceñido posible al borde derecho"
    A si que si hay lesiones o daños a denunciar toca que tendras toda la razón, otra cosa es que te interese por que si no es mucho te puede salir mas caro el abogado que los daños.
     
  14. EQUINOX TTX

    EQUINOX TTX Fanático de la velocidad

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    Lo que comentas no es cierto. Te voy responder respecto por donde van tus tiros. Me imagino que lo que tú quieres decir es lo siguiente:

    - En los carriles o partes de la vía destinados exclusivamente al tráfico de determinados vehículos, no se considerará adelantamiento el hecho de que se avance más rápidamente por estos lugares que por los carriles normales o viceversa.

    Es decir, si un ciclista circula más rápido que un vehículo que va por el carril derecho, no se considera adelantamiento lo mismo que cuando un vehículo nos rebasa cuando nosotros vamos por el arcén. En cuanto el ciclista se pone a circular por un carril ceñido al borde derecho y rebasa a un vehículo también en movimiento, ya se considera adelantamiento porque va circulando por el carril.

    En el caso de este post no se considera adelantamiento porque, aunque circule por el carril, el autobús estaba detenido por un semáforo.

    Un saludo.
     
  15. surco

    surco Miembro

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    la jota [zgz]
    Para retorcer un poco mas el tema
    Que tiene que asegurarse que no pase nadie el que salga del coche, estoy deacuerdo
    Pero no exigimos nosotros 1.50 m. de distancia con los vehiculos?
    Por muy pegado que vayas al bordillo dudo que dejemos este espacio al pasar con la bici
    Eh aqui la pregunta del millon
     
  16. wuud

    wuud Miembro Reconocido

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    imho, si le das tu a la puerta la culpa sera tuya (salvo que acredites que te la abrio a 10 cm, cosa imposible de demostrar, pues deberias adecuar tu velocidad y poder detener tu vehiculo ante cualquier imprevisto en la circulacion), si abre la puerta y te da la puerta a ti, del coche
     
  17. crocket

    crocket Flaquero

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    Costa este malagueña
    en mi húmilde opinión, y conste que yo también entro en ese hueco, pero mirnado que no me abran una puerta, hay concurrencia de culpa
     
  18. EQUINOX TTX

    EQUINOX TTX Fanático de la velocidad

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    Esta no es la pregunta del millón porque lo que comentas no tiene fundamento respecto al caso que nos atañe:

    Cuando se ADELANTE FUERA DE POBLADO, a peatones, animales o a VEHÍCULOS DE DOS RUEDAS o de tracción animal se deberá realizar la maniobra ocupando parte o la totalidad del carril contiguo de la calzada..., en todo caso, la separación total no será inferior a 1,50 m.

    Es importante decir que queda expresamente prohibido adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas que circulen en sentido contrario.

    El conductor de un vehículo de dos ruedas que pretenda adelantar FUERA DE POBLADO a otro cualquiera, lo hará con un espacio no inferior a 1,50 m. Hay que decir que los adelantamientos entre ciclistas no se consideran como tal.


    Conclusión: lo que quiero decir con todas estas normas es que básicamente el tema del 1,50 m es para adelantamientos fuera de poblado y dentro de poblado hay que dejar una separación proporcional a la velocidad y a la anchura y características de la calzada.
    En nuestro caso, como comenté anteriormente, no es ni adelantamiento. Nuestra obligación cuando circulamos muy pegados a los vehículos estacionados es circular a una velocidad proporcional a la distancia que mantengamos para poder reaccionar a tiempo ante cualquier imprevisto.

    Un saludo.
     
  19. EQUINOX TTX

    EQUINOX TTX Fanático de la velocidad

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    TRICICLES (Sueca)
    En cierto modo tienes razón ya que un conductor de cualquier vehículo debe adecuar su velocidad a la distancia que pueda mantener mientras circula. Pero es que en este caso un conductor cuando abre la puerta debe cerciorarse de que al abrir no perjudica la circulación de cualquier usuario de la calzada. Yo pienso que en este caso el principal responsable es el que abre la puerta ya que el ciclista está circulando por donde debe hacerlo si lo hace a una velocidad acorde a las circunstancias...

    Un saludo.
     
  20. calipso

    calipso The Lord of Green Coast

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    Hola, os cuento mi experiencia:
    Ibamos dos en bici, como el compañero, entre los coches parados y los estacionados.
    De repente, de un coche estacionado a la derecha se abrio la puerta y nos tiro a los dos al suelo, en principio no se quiso hacer cargo de los daños, ni de las lesiones, llamamos a la policia local, atestado y al juzgado.
    Ganamos, tres años despues (Un 10 por la justicia de este pais). Por ahi tengo la sentencia.
    Otra cosa fue la actitud de la aseguradora, la culpa era nuestra por ir contra la puerta :culo:culo ah¡ el nombre: Era la que lo arregla todo, todo

    Yo, de partida aplicaria la norma del Código Civil, del que ocasiona un daño lo tiene que reparar. Empezar por ahí. Luego, lo de ir a los juzgados ya sabeis, te toca un juez :loco y la caga hasta el mas pintado, que ya te encontrara articulos del Codigo de Circulacion pa metertelos por donde empiezan los pepinos
     
    Última edición: 6 Dic 2009

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