Vale, ya lo tengo. Es que tú has pillado la 380 Texto Consolidado y ya recoge esa modificación de ayer.
Y lo mismo aplicaria, entiendo, si tienes una 2a residencia en la província o región sanitaria y te desplazas allí.
https://www.iberobike.com/puedo-salir-de-mi-municipio-para-hacer-deporte-en-la-fase-1/ Lo que decíamos
perfecto, ahora si lo veo, nos vamos o me voy a volver loco con tanto BOE y tanta orden... Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
Yo ya estoy pensando que un día de estos salgo directamente en bici de mi municipio a las 9:45, y no vuelvo hasta las 20:00. Ruton!. Le diré a un amigo que lo hagamos juntos, eso sí separados 20 metros durante la ruta; pero pararemos a comer en una terraza donde podremos comer juntos. Así son las normas, y así las aplicaremos. O la otra, cojo el coche y aparco a tres km, donde ya estaría en otro municipio menor de 5000. Y ya puedo salir y volver cuando quiera. Eso sí, para entrar en el mío fuera de horario tengo que hacerlo en coche. Lo dicho.... de traca...
Hasta donde yo llego, pueden salir dos veces al día pero en las franjas horarias establecidas, de 06:00-10:00 y 20:00-23:00 Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
Es que el Gran Sociata es Republicano y Federalista, mientras no le toques su ... Presidencia ... traga con lo que haga falta. El tocarro de las Provincias fue para bajarle los humos a los Presidentes subordinados ... Áreas Sanitarias? Pues venga, pero eso de poner una frontera entre CC.AA. ni hablar del peluquín. Además la estrategia es de taca: Qué se maten entre ellos. Divide y vencerás. Bufff !! cuando se comparte el territorio se forman unos pitotes del Copón. En rojo Provincias En Azul Áreas Sanitarias. A partir de ahí el sarao está servido. Consells Comarcals, Diputacions ... Ah !! y claro no todos los pueblos son gobernados por ... azules. Hay algunos que son ... rojos
Aquí la pega que veo es que la práctica deportiva no profesional está permitida dentro del municipio donde “se reside” Y que el desplazamiento en coche, si está confirmado que se permite para federados, es dentro del municipio también. https://www.carreraspormontana.com/...entrenar-dentro-de-su-municipio-en-la-fase-0/ Una vez eliminen esta restricción pues barra libre. Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
Estoy hablando de la fase 1, no la 0. Esta es la manera que yo veo legal para saltarse las restricciones horarias. Y de paso demostrar lo absurdas que son para la práctica del ciclismo, pues nos están obligando a no salir del municipio y a un horario, provocando masificaciónes innecesarias.
Yo aún no he visto donde se permite meter la bici en el coche e ir a otro municipio con el fin de realizar actividad deportiva no profesional. En la fase 1, la libertad de circulación en coche en la provincia es para las actividades detalladas en la orden 399/2020 de 9 de mayo, las socioeconómicas y deporte profesional y federado en instalaciones, según el artículo 2 sobre el ámbito de aplicación de la orden. Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
Una cosa es decir que está permitida dentro del municipio donde se reside y otra muy distinta es decir que está prohibida fuera del municipio donde se reside. La Suspensión del Derecho de Libre Circulación sólo se puede dar en el estado de Excepción, no en el de Alarma. En el Estado de Alarma sólo se puede limitar como nos recuerda la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio. a) Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos. Sin embargo En el Estado de Excepción Artículo veinte. Uno. Cuando la autorización del Congreso comprenda la suspensión del artículo diecinueve de la Constitución, la autoridad gubernativa podrá prohibir la circulación de personas y vehículos en las horas y lugares que se determine, y exigir a quienes se desplacen de un lugar a otro que acrediten su identidad, señalándoles el itinerario a seguir.
Bueeeeno, se parece en algo a lo que venimos diciendo algunos. En la Fase 1, esta normativa sigue idéntica, salvo que si tu provincia ha pasada por completo a dicha fase, en teoría el limite municipal se amplía al provincial. Hoy Fernando Simón, tras ser preguntado por esta cuestión en concreto, ha comentado que a partir de que una provincia entre en la Fase 1, serán las propias Comunidades Autónomas, las provincias o los ayuntamientos dentro de dicha provincia, quien más o menos deberán interpretar y hacer cumplir la normativa general que se establece en el BOE, pudiéndola adaptar a las necesidades de su región.
Dime donde ves lo contrario. Es más, te lo pongo al revés: Si tu vives en un municipio menor de 5000 habitantes, por lo que no tienes restricciones horarias para salir a hacer deporte, y además, tienes libertad de movimiento por tu provincia... ¿Qué ocurre si te metes en bicicleta en un municipio de tu provincia, mayor de 5000, a las 4 de la tarde?... ¿Estás incumpliendo la norma?...
Claro, es que no suspenden sino que limitan... limitan al municipio. Estado de excepción sería no poder salir de casa ni para hacer la compra... en el estado de alarma lo que hacen es limitar. Entonces puedes prohibir la circulación por determinadas zonas sin llegar a suspender toda la circulación... Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
Parece y digo SOLO parece que en Euskadi la restriccion del municipio se va a ampliar a "municipios colindantes".... Respecto a horarios....parece que de momento siguen iguales. Siempre hablando de DEPORTE. Habra que ver mañana el BOPV.
En un municipio de menos de 5000 habitantes hay libertad de horarios pero no para salir del municipio para hacer deporte no profesional. Era así en la fase 0 y sigue igual en la fase 1. Si te sales del municipio a las 16:00 horas y te paran, conociendo que resides en otro municipio, tendrás que justificar que no estabas haciendo deporte, sino utilizando la bicicleta como medio de transporte para realizar alguna de las actividades socioeconómicas referidas en la orden 399/2020 o las ya permitidas desde el inicio del estado de alarma, como ir a trabajar, a comprar productos de primera necesidad, etc. Si tu explicación es poco convincente, tramitan la propuesta de sanción y a reclamar. Tenemos que tener claro que lo único que cambia es la libertad de circulación para las actividades que se recogen en la orden 399/2020, donde no figura la actividad deportiva no profesional. Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
Yo esto lo veo muy adecuado y que debería ser extensible a todas las comunidades inclusive las que se quedaron en fase 0. Es un término medio, no poder circular por toda la provincia pero si por municipios colindantes, lo que resuelve bastante en mi opinión, sobre todo para aquellos municipios de extensión reducida... realmente necesitamos toda nuestra provincia para hacer una ruta en condiciones? Digo ahora en la situación actual... pasado el riesgo de rebrote, cuanto más mejor obviamente. Nada llena más que ser libre y ahora más que inca nos estamos dando cuenta. El gobierno necesita a gente que se pase el día debatiendo como aquí para poner unas normas y condiciones con sentido común Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk